LA MEJOR PROTECCIÓN PARA TU ORGANIZACIÓN

COMPLIANCE

En CUEVA DIAZ Y ASOCIADOS CONSULTORES somos especialistas en materias del derecho que están en auge en los últimos tiempos, como Compliance, Derecho de las Tecnologías de la Información y Comunicación y Protección de Datos.

Contamos con un Departamento propio dedicado en exclusiva al Compliance y al Derecho Penal preventivo a nivel corporativo, que asesora de forma integral a empresas en el diseño e implementación de Sistemas de Compliance.

El Departamento tiene una amplia experiencia en Compliance y una filosofía de trabajo personalizado para cada organización. Todos los proyectos se realizan absolutamente a medida, atendiendo para ello a las concretas necesidades y objetivos de cada cliente.

¿En qué consiste el Compliance?

El Compliance es un conjunto de normas de autorregulación que operan en el seno de las empresas y que tiene como fin instaurar unas medidas concretas que dificulten la comisión de infracciones legales por parte de las personas que trabajan en las organizaciones.

Los programas de compliance han tenido siempre gran tradición en el mundo anglosajón. No obstante, a raíz de la entrada en vigor del texto definitivo que reformaba nuestro Código Penal en 2015, en el que se incorporó por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas, las empresas españolas se han visto obligadas a ser minuciosas en este tema para ajustarse a la legalidad.

Aunque parezca mentira, puede ocurrir que haya empresas que estén llevando a cabo conductas que pueden ser constitutivas de algún delito tipificado en nuestro Código Penal, sin ser consciente de ello. Por esto y porque cada vez hay más leyes orientadas a obligar a las empresas.
El Compliance es un conjunto de normas de autorregulación que operan en el seno de las empresas y que tiene como fin instaurar unas medidas concretas que dificulten la comisión de infracciones legales por parte de las personas que trabajan en las organizaciones.
Los programas de compliance han tenido siempre gran tradición en el mundo anglosajón. No obstante, a raíz de la entrada en vigor del texto definitivo que reformaba nuestro Código Penal en 2015, en el que se incorporó por primera vez la responsabilidad penal de las personas jurídicas, las empresas españolas se han visto obligadas a ser minuciosas en este tema para ajustarse a la legalidad.
Aunque parezca mentira, puede ocurrir que haya empresas que estén llevando a cabo conductas que pueden ser constitutivas de algún delito tipificado en nuestro Código Penal, sin ser consciente de ello. Por esto y porque cada vez hay más leyes orientadas a obligar a las empresas a tener programas de compliance, es necesario contar con el asesoramiento de profesionales expertos en esta materia.

Programas de prevención de delitos

La Ley Orgánica 5/2010 de 22 de junio, introdujo en España la responsabilidad penal de las personas jurídicas por actuaciones delictivas cometidas por representantes legales y directivos en nombre y beneficio de aquéllas o por trabajadores sobre los que no se ha ejercido el debido control.

Asimismo, legisladores, organismos reguladores y organizaciones nacionales e internacionales trabajan activamente en la creación de marcos de gobernanza cada vez más exigentes para con las empresas que deben velar, no sólo por sus intereses económicos, sino por los del mercado y los de sus grupos de interés, acreditando el desarrollo de los negocios de forma alineada con la ética, la transparencia y los más altos estándares de liderazgo empresarial y cultura corporativa.

En este contexto, las empresas demandan servicios de asesoría en materia de cumplimiento altamente especializados como herramienta para realizar una aproximación a la prevención, detección y mitigación de situaciones delictivas o irregulares, así como en su caso afrontar su posible imputación en un procedimiento penal.

Implantación de los programas y requisitos

Los Programas de Prevención de riesgos penales son la herramienta necesaria para evitar incumplimientos y condenas en el orden penal. Asimismo, estos programas se han posicionado como un elemento esencial para el desarrollo de los negocios y son exigidos como requisito para contratar u obtener fondos públicos o financiación.

Nuestros abogados de Compliance acompañan a las empresas en todas las fases de implantación, garantizando que los programas reúnan los requisitos legalmente exigidos por el legislador. Algunos de estos requisitos son:

  1. Análisis e identificación de riesgos penales y actividades asociadas
  2. Políticas y controles para mitigar los riesgos detectados
  3. Recursos Financieros
  4. Nombramiento de un órgano de cumplimiento
  5. Acciones de comunicación y formación
  6. Canales de denuncia
  7. Evaluación y mejora continua

Servicios Compliance

  • Diseño de un Sistema de Compliance.
  • Implantación y desarrollo del Sistema de Compliance.
  • Revisión y updatede Compliance ya diseñados.
  • Asesoramiento continuado y apoyo al órgano de Compliance / Compliance Officer.
  • Diseño e implementación del Plan de Medidas Antifraude (PMA).
  • Diseño de Programas de Prevención del Blanqueo de Capitales.
  • Integración de un Programa de Competencia al Sistema de Compliance.
  • Informes jurídicos de análisis de riesgos penales.
  • Diseño e implementación de protocolos, políticas y controles.
  • Informes específicos de Compliancea petición del cliente
  • Asesoramiento en la gestión del canal de denuncias (o gestión externa).
  • Asesoramiento en investigaciones internas.
  • Informes de auditoría de Compliance.
  • Formación y/o diseño de planes de formación para toda la organización, órgano de administración, directivos, empleados y/o órgano de Compliance / Compliance Officer.
  • Miembros externos del órgano de Compliance.